Fue radicado ante la Cámara de Representante el Proyecto de Ley – “Por medio del cual se expide el régimen de trabajo decente para los contratistas de prestación de servicios y se dictan otras disposiciones en materia de contratación administrativa y modernización Estatal.”  Entre algunos beneficios, este proyecto propone multas por no pago puntual de honorarios.

La reciente Resolución 1111, expedida el 27 de marzo de 2017 y que ya ha sido difundida por varios medios; es un documento que vale la pena revisar “por partes”. En este artículo, queremos realizar un pequeño resumen de lo citado específicamente en los Artículos 5 y 6 de dicha Resolución; teniendo en cuenta que este ha sido un tema bastante inquietante y debatido en el gremio.

En Colombia, se vienen tomando medidas que contribuyen a disminuir los accidentes laborales, sin embargo, todos los días ocurren accidentes o muertes en los sitios de trabajo. Hechos que están relacionados, entre otras causas, con la poca información que tienen los trabajadores frente a los riesgos laborales y a la ausencia de programas de Seguridad y Salud, en algunas organizaciones.

Si tiene una pequeña, mediana o grande empresa, además de asumir los retos que implica sostener una organización en un mercado competitivo, debe tener en cuenta una serie de exigencias expedidas por el Ministerio de Trabajo, el cual ha definido la normatividad en materia de Seguridad y Salud en el trabajo y Riesgos Laborales; y a la vez ha reglamentado las multas por infracción a estas normas, que se encuentran definidas en el Decreto 472 de marzo de 2015.

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