¿Qué perfil debe cumplir el responsable del Diseño e Implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo según la Resolución 1111 de 2017?

La reciente Resolución 1111, expedida el 27 de marzo de 2017 y que ya ha sido difundida por varios medios; es un documento que vale la pena revisar “por partes”. En este artículo, queremos realizar un pequeño resumen de lo citado específicamente en los Artículos 5 y 6 de dicha Resolución; teniendo en cuenta que este ha sido un tema bastante inquietante y debatido en el gremio.

De acuerdo al tamaño y al riesgo de la empresa, los empleadores podrán definir como responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo bajo los siguientes criterios:

Empresa de menos de 10 trabajadores clase de riesgo I, II ó III (según Decreto 1607 de 2002)

1. Persona con curso

  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Dos (2) años de experiencia en el desarrollo de actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Ejecutar, coordinar, e implementar el SGSST.

2. Técnico o tecnólogo con vínculo laboral

  • Técnicos o tecnólogos en Seguridad y Salud en el trabajo o en alguna de sus áreas.
  • Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.

3. Técnico o tecnólogo como asesor externo

  • Técnicos o tecnólogos en Seguridad y Salud en el trabajo o en alguna de sus áreas.
  • Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Dos (2) años de experiencia en el desarrollo de actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.

4. Estudiante Con vínculo laboral

  • Estudiante de último semestre en programas de formación en Seguridad y Salud en el Trabajo de nivel profesional, especialización o maestría.
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Sólo se da (1) vez por persona.
  • Diseño, administración y ejecución del SGSST.

5. Consultorios de instituciones educativas

  • Estudiantes de instituciones que ofrezcan programas de formación en Seguridad y Salud en el trabajo.
  • Supervisión, verificación y firma de un docente con licencia en Salud Ocupacional o SST.
  • Asesorar, capacitar y diseñar el SGSST
  • Serán sin costo para la empresa.

6. Consultorios de instituciones educativas

  • Estudiantes de instituciones que ofrezcan programas de formación en Seguridad y Salud en el trabajo.
  • Supervisión, verificación y firma de un docente con licencia en Salud Ocupacional o SST.
  • Asesorar y capacitar para el diseño del SGSST
  • Serán sin costo para la empresa.

7. Gremios

  • Que cuenten con personal idóneo y con licencia en Salud Ocupacional o Seguridad en el Trabajo.
  • Microempresas afiliadas
  • Asesorar y capacitar para el diseño del SGSST
  • Serán sin costo para la empresa.

8. Empresas contratantes a empresas contratistas

  • Personal humano de nivel profesional, especialista o maestría en SST
  • Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Asesorar, capacitar, colaborar con el diseño e implementación del SGSST

 

Empresas de menos de 10 trabajadores clasificadas en actividad económica de clase de riesgo IV y IV (según Decreto 1607 de 2002)

1. Profesional es SO o SST

  • Cualquier tipo de vinculación laboral.
  • Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.

2. Profesional con postgrado en SO o SST

  • Cualquier tipo de vinculación laboral.
  • Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.

 

Empresas de 11 a 50 trabajadores

1. Profesional es SO o SST

  • Cualquier tipo de vinculación laboral.
  • Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.

2. Profesional con postgrado en SO o SST

  • Cualquier tipo de vinculación laboral.
  • Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.

3. Estudiante con vínculo laboral

  • Estudiante de último semestre en programas de formación en Seguridad y Salud en el Trabajo de nivel profesional, especialización o maestría.
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Supervisión de un docente con licencia en Salud Ocupacional o SST.
  • Diseño del SGSST.
  • Sólo se da (1) vez por persona

4. Gremios

  • Que cuenten con personal idóneo y con licencia en Salud Ocupacional o Seguridad en el Trabajo.
  • Empresas afiliadas
  • Diseño del SGSST
  • Serán sin costo para la empresa.

5. Empresas contratantes a empresas contratistas

  • Personal humano de nivel profesional, especialista o maestría en SST.
  • Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
  • Asesorar, capacitar, colaborar con el diseño e implementación del SGSST

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