Con la Resolución 1732 de 2026 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, se establecen nuevos procedimientos y condiciones para la inscripción de los prestadores de servicios de salud y la habilitación de los servicios en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS. Esta nueva norma reemplaza el marco establecido en la Resolución 3100 de 2019, así como todas sus posteriores modificaciones, unificando en una sola regulación el sistema de habilitación, la actualización de los estándares y la inclusión de criterios de habilitación con enfoque territorial.
La adopción de los anexos técnicos “Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud Tomo I y Tomo II”, busca clarificar las múltiples modificaciones realizadas a la Resolución 3100 de 2019, logrando que el sistema sea más claro y dinámico, adaptado a las condiciones actuales del sector y las particularidades de los distintos territorios del país.
En término generales, la Resolución 1732 de 2026 unifica y reorganiza todo el proceso de inscripción en el REPS, abarcando desde el registro inicial y la autoevaluación hasta las visitas de verificación, la habilitación, los cierres, la reactivación y la depuración de inconsistencias en el sistema.
¿A quiénes aplica?
La Resolución 1732 de 2026 aplica de manera obligatoria a todos aquellos actores que intervienen en los procesos de habilitación y prestación de servicios de salud:
- Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS)
- Profesionales independientes de salud
- Transporte especial de transporte
- Entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud
- Secretarías de salud distritales, departamentales, municipales y las que tengan a cargo dichas competencias
- Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB)
- Superintendencia Nacional de Salud
La norma establece un periodo de transición de 12 meses para que los prestadores de servicios de salud adapten sus procesos a los nuevos requerimientos. Durante este plazo, las habilitaciones vigentes se mantendrán bajo las condiciones de la Resolución 3100 de 2019 y sus modificaciones. Por su parte, las secretarías de salud prestarán asistencia técnica, acompañamiento y orientación durante la implementación de la nueva resolución.
Entre los principales cambios que la Resolución 1732 de 2026 contempla para los prestadores de servicios de salud, se encuentran:
- Adopción de los Nuevos manuales de habilitación: Tomo I y Tomo II que reúnen las condiciones de habilitación, definiciones, estándares, criterios de verificación y lineamientos técnicos.
- Actualización de los estándares de habilitación como Talento humano, infraestructura, dotación medicamentos, procesos prioritario, entre otros.
- Habilitación de servicios teniendo en cuenta criterios diferenciales, razonables y progresivos para municipios con condiciones especiales
- Fortalecimiento de la autoevaluación y autodeclaración de las condiciones de habilitación
- Se mantiene la vigencia de cuatro años en la inscripción inicial en el REPS
- Fortalecimiento del REPS con información actualizada y uniforme
Una vez transcurrido los doce meses de transición, los prestadores de servicios de salud deberán cumplir de manera integral con los requerimientos de la Resolución 1732 de 2026. Por lo tanto, a partir de dicho momento, ya no es aplicable las disposiciones contempladas en la Resolución 3100 de 2019.
La nueva norma no solo busca fortalecer los procesos de inscripción y habilitación de los prestadores de servicios de salud, logrando un sistema más integrado, más ágil, más territorial y progresivo; sino que también se constituye como una oportunidad para ofrecer mayor seguridad al paciente y mejorar la calidad en la atención.
